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La Antártida y el año 2048: lo que realmente puede cambiar en el último continente sin dueño



Se repite con frecuencia que en 2048 vence el tratado que protege a la Antártida y que ese año se abrirá la puerta a la minería. La realidad es más compleja. El continente no pertenece a nadie en el sentido jurídico, y su régimen depende de un conjunto de acuerdos que fija reglas exigentes para cambiarlos. Entender cuáles son importa porque la presión sobre sus recursos y su soberanía es un tema de geopolítica real. El Tratado Antártico se firmó en 1959 con doce países y entró en vigor en 1961. Reserva el continente para fines pacíficos y la investigación científica. Su artículo IV congela las reclamaciones de soberanía sin resolverlas: nadie puede ampliarlas, y tampoco renunciar a ellas. El Protocolo de Madrid, de 1991 y vigente desde 1998, declara la Antártida reserva natural consagrada a la paz y la ciencia, y prohíbe las actividades minerales, salvo las de investigación científica.


¿Qué pasa en 2048? Según un documento del Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales (CARI), el Protocolo no vence ese año. Lo que ocurre es que, a los cincuenta años de vigencia, cualquier parte consultiva puede pedir una conferencia de revisión. Las enmiendas exigen mayorías muy altas, que incluyen a los Estados consultivos de 1991, y levantar la prohibición minera requeriría un nuevo régimen jurídico adoptado por consenso. Una columnista que escribe sobre el tema lo resume como una ventana con condiciones muy exigentes, no como una fecha de caducidad.


El punto delicado es la cláusula de retiro. Si una enmienda sobre minería no entra en vigor en tres años, cualquier Estado podría retirarse del Protocolo con dos años de preaviso. Para esa columnista, es la "letra chica" más preocupante, una lectura que debe tomarse como opinión. Hay además un problema de cumplimiento: el Anexo VI, sobre responsabilidad por daños ambientales, se adoptó en 2005 y, según el mismo texto, sigue sin estar en vigor. El mecanismo de solución de controversias, la Corte Permanente de Arbitraje, nunca se ha utilizado, y el consenso limita las decisiones vinculantes.


¿Qué hay en juego? Se presume la existencia de cobre, níquel y tierras raras bajo el hielo de la Península Antártica, pero es una presunción, no una cifra confirmada. Mucho más concreta es la pesca de kril, que sí es industrial: en la última temporada, las capturas récord obligaron a un cierre anticipado por primera vez en la historia. La columnista también señala que China ha multiplicado sus bases y que invoca el "uso racional" de recursos previsto en la Convención sobre la conservación de los recursos vivos marinos antárticos, expresión que, en su opinión, se interpreta como derecho a explotar.


La presencia sobre el terreno es otra forma de poder. Argentina opera la base Orcadas desde 1904, pero su programa científico atraviesa una crisis presupuestaria; Chile usa Punta Arenas como puerta de entrada y el Reino Unido completó su mayor inversión en ciencia polar desde los años ochenta. En el sistema actual, la voz en las decisiones se condiciona a demostrar investigación científica importante, de modo que tener bases es también tener asiento.


La conclusión es doble. Los hechos indican que la prohibición minera sigue vigente y que cambiarla sería muy difícil. Las interpretaciones indican, en cambio, que el sistema depende del consenso político y que sus mecanismos de control tienen vacíos. Más que esperar una fecha, lo que hay que vigilar es quién presiona por abrir la discusión, y con qué argumentos.


**Fuentes:** El Espectador (El último territorio sin dueño: la Antártida ante la ventana de 2048, columna de opinión); Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales, CARI (documento sobre el Sistema del Tratado Antártico). 

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